Hace unos dÃas se publicó una ley, la Ley 9/2009 por la cual se amplÃa el periodo de disfrute de la paternidad que hasta ahora sólo eran de 13 dÃas, a 4 semanas (es decir, 30 dÃas).
En concreto, el artÃculo dice lo siguiente: «El trabajador tendrá derecho a la suspensión del contrato durante cuatro semanas ininterrumpidas, ampliables en el supuesto de parto, adopción o acogimiento múltiples en dos dÃas más por cada hijo a partir del segundo. Esta suspensión es independiente del disfrute compartido de los perÃodos de descanso por maternidad regulados en el artÃculo 48.4″.
El artÃculo entrará dentro del Estatuto de los trabajadores y será un artÃculo que tendremos que tener en cuenta si tenemos trabajadores ya que es algo que nos atañe (nos quedaremos sin un trabajador durante un mes).
Por ahora la medida estará vigente a partir del 1 de enero del 2011 lo que me parece que es demasiado tiempo para una ley que sale en el 2009 es demasiado tiempo, para eso mejor no haberla sacado. Además, hay que tener en cuenta que, aunque esté aprobada, si no puede aplicarse, es una pérdida de tiempo, es como si nos dijeran que a partir del 2011 es bueno tener hijos porque vas a poder disfrutar de ellos.
También falta por acordar el margen de actuación de este permiso de paternidad asà como el salario a percibir mientras se está en el mismo, condiciones, etc.